ACTA N.º 68-2018
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del cinco de julio de dos mil dieciocho, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría, Zetty María Bou Valverde, Luis Diego Brenes Villalobos y Fernando del Castillo Riggioni.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Modificación al Manual Descriptivo de Clases Puestos. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2042-2018 del 28 de junio de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual se refiere a modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos.
Se dispone: De previo a resolver y por tratarse de eventuales modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos, se concede audiencia a la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), por el plazo de diez días hábiles, para lo cual la Dirección Ejecutiva suministrará a los estimables representantes sindicales la información que sea de su interés. ACUERDO FIRME.
B) Encargo de funciones de la jefatura de la Sección de Riesgos y Seguridad de la Información. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Secretario General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1290-2018 del 2 de julio de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por las respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del encargo de funciones que se detalla a continuación:
Unidad Administrativa |
Titular |
Sustituto |
Período |
Tipo |
Sección de Riesgos y Seguridad de la Información |
Esteban Brenes Hernández |
José Francisco Jiménez Quirós |
Del 9 al 13 de julio de 2018 |
Encargo de funciones |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.
C) Terna para nombramiento interino en la Inspección Electoral. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Secretario General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1291-2018 del 2 de julio de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación del nombramiento interino cuya terna se plantea, sugiriendo nombrar, de conformidad con el criterio de la señora Mary Anne Mannix Arnold, Inspectora Electoral, al primer lugar de ella, a partir del 16 de agosto y hasta el 30 de setiembre de 2018:
N° Puesto |
Clase |
Puesto |
Nombre |
104976 (Cargos fijos) |
Profesional Ejecutor 3 |
Profesional en Derecho 1 |
Laura Sequeira Cortés |
Jeremy Soto Bolaños |
|||
Eduardo Vargas Mora |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar el nombramiento de quien figura en el primer lugar de la referida terna, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
D) Encargo de funciones de la jefatura de la Sección de Solicitudes Cedulares. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0723-2018 del 2 de julio de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, asimismo lo expuesto en los oficios que se dirá, el suscrito respetuosamente somete a consideración de las señoras magistradas y señores magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de encargo de funciones que se detalla a continuación:
SECCIÓN DE SOLICITUDES CEDULARES |
|
Titular |
Diana Rodríguez Barrantes |
Encargar en |
Carlos Arguedas Rojas |
Periodo |
5 días |
Rige a partir del |
26 julio del 2018 |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-1905-2018 del 28 de junio de 2018 |
Oficio de la jefatura |
SC-0259-2018 del 25 de junio de 2018 |
Con base en lo anterior, esta Dirección avala la recomendación, para que el señor Arguedas Rojas sustituya a la señora Rodríguez Barrantes en el lapso indicado, si a bien lo tiene el Superior.".
Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
E) Propuesta de ascenso en propiedad en la Sección de Solicitudes Cedulares. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0721-2018 del 2 de julio de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento, asimismo lo expuesto en los oficios que se dirá, elevo a conocimiento de las señoras magistradas y señores magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la aprobación del ascenso en propiedad que se detalla a continuación:
SECCIÓN DE SOLICITUDES CEDULARES |
|
Funcionario |
Ronald Alberto Céspedes Naranjo |
Puesto en el que se propone nombrar |
45878, Asistente en Servicios al Usuario/a, Asistente Funcional 2 |
Clases entre la actual y la propuesta |
1 |
Fecha de rige propuesta |
16 de julio de 2018 |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-1907-2018 del 28 de junio de 2018. |
Oficio de la jefatura inmediata |
SC-0253-0412-2018 [sic] del 22 de junio de 2018. |
Quedo atento a lo que bien estime disponer el Superior.".
Se dispone: Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.
F) Recargo de funciones del señor Oficial Mayor del Departamento Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0731-2018 del 4 de julio de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, asimismo lo expuesto en los oficios que se dirá, el suscrito respetuosamente somete a consideración de las señoras magistradas y señores magistrados la solicitud de recargo de funciones que se detalla a continuación:
DEPARTAMENTO CIVIL |
|
Titular |
Luis Guillermo Chinchilla Mora |
Recargar en |
Carolina Phillips Guardado |
Periodo |
10 días |
Rige a partir del |
09 julio del 2018 |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-1968-2018 del 03 de julio de 2018 |
Oficio de la jefatura |
DC-2583-2018 del 02 de julio de 2018 |
Con base en lo anterior, esta Dirección General avala la recomendación, para que la servidora Phillips Guardado sustituya al señor Chinchilla Mora en el lapso indicado, si a bien lo tiene el Superior.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el recargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Respuesta al Informe de control interno N.° ICI-05-2018, relativo a garantías rendidas en procesos de contratación administrativa del Tribunal Supremo de Elecciones. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2080-2018 del 2 de julio de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual –según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 60-2018, celebrada el 12 de junio de 2018– se refiere al Informe de control interno N.° ICI-05-2018, relativo a garantías rendidas en procesos de contratación administrativa del Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe. En consecuencia, se aprueban las recomendaciones planteadas por la Auditoría Interna, de conformidad con lo expuesto por el señor Director Ejecutivo. Proceda la Dirección Ejecutiva a incluir dentro del cronograma de cumplimiento propuesto la fecha para concretar la recomendación 4.11. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Consulta legislativa del proyecto de “Ley de eficiencia salarial en las remuneraciones totales de los funcionarios públicos y de los jerarcas de la función pública”, expediente n.° 19.883. De la señora Nery Agüero Montero, Jefa de Área de Comisiones Legislativas VII de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° AL-CPAJ-OFI-0018-2018 del 26 de junio de 2018, recibido el mismo día –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Jurídicos tiene para su estudio el proyecto: Expediente N.º 19.883, “Ley de eficiencia salarial en las remuneraciones totales de los funcionarios públicos y de los jerarcas de la función pública”, publicado en el Alcance N. ° 78, a la Gaceta N. ° 93 de 16 de mayo de 2016. En sesión N. ° 5, del 19 de junio del 2018, se aprobó una moción para consultarle el texto base, el cual se adjunta.
De conformidad con lo que establece el artículo 157 (consultas institucionales), del Reglamento de la Asamblea Legislativa, que indica: …” Si transcurridos ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta a que se refiere este artículo, se tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto” ... ".
Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:
Consideraciones preliminares.
El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de este Organismo Electoral, evacuar las consultas que el órgano legislativo realice al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Colegiado ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no sólo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Organismo Electoral; lo anterior a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
Sobre el proyecto de ley objeto de la consulta.
Se somete en consulta de este Tribunal el texto del proyecto de ley tramitado en expediente legislativo número 19.883, cuyo objetivo es la aprobación de la “LEY DE EFICIENCIA SALARIAL EN LAS REMUNERACIONES TOTALES DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y DE LOS JERARCAS DE LA FUNCIÓN PÚBLICA”.
En esencia, este proyecto pretende establecer un límite a las remuneraciones totales de los jerarcas de la función pública con el fin de convertir el sistema salarial del sector público en un régimen eficiente que contenga una menor desigualdad remunerativa, fundamentado en un marco de incentivos responsable que priorice a los jerarcas de las instituciones públicas.
Del examen de la propuesta consultada, procede hacerle ver a la referida comisión legislativa que, a la luz de lo dispuesto en el artículo 100 de la Constitución Política, tratándose de la remuneración salarial que perciben los Magistrados de este Tribunal, esta será la que la Corte Suprema de Justicia defina para los suyos, de suerte tal que los miembros de este organismo electoral no tenemos injerencia alguna en la fijación de nuestro salario. En virtud de lo anterior, lo procedente es omitir criterio sobre el particular.
Además, en tanto la iniciativa legal consultada –de ser aprobada– eventualmente afectaría la remuneración salarial de los Magistrados de este Tribunal, comprometiendo con ello un interés personal, existe una razón adicional para no pronunciarse sobre el particular. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Zetty María Bou Valverde |
Luis Diego Brenes Villalobos |
Fernando del Castillo Riggioni |